201602.11
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El Supremo condena a Santander por un producto estructurado

El Alto Tribunal fijó el pasado 3 de Febrero que Santander devuelva 1,27 millones a tres clientes de la entidad por su inversión en el producto estructurado Tridente, ligado a la evolución de acciones financieras.

El Supremo considera que los clientes de banca privada de Santander dieron el visto bueno a la contratación de Tridente sin conocimiento real de sus riesgos. “Confirmamos la nulidad de los contratos acordada en la sentencia de primera instancia, pero fundada en la existencia de error vicio“, dice el Supremo.

La información contenida en los contratos, cuando se trata de un producto complejo, no es suficiente. No basta con que en el contrato se haga mención de que el titular asume el riesgo de que la rentabilidad final del producto sea negativa […] pues se trata de una advertencia genérica“, apunta la sentencia. “Es preciso ilustrar los concretos riesgos y advertir cuánto puede llegar a perderse de la inversión y en qué casos, con algunos ejemplos o escenarios“, añade el Supremo.

Los demandantes invirtieron entre 2006 y 2007 en estos productos financieros, que estaban referenciados a acciones bancarias como BBVA, ING, ABN Amro y BNP Paribas. Con el desplome de la crisis financiera que se inició en el verano de 2007, estos clientes llegaron a perder hasta un 85% de su inversión.

Según el Alto Tribunal, el hecho de que los clientes fueran de banca privada no les convierte en inversores profesionales, ni siquiera por el hecho de que ya hubieran destinado su dinero a productos similares.

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