201807.20
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº39 Madrid. HIPOTECA MULTIDIVISA (Funcionario). Banco de Valencia,S.A

El pasado 3 de Mayo de 2.018, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa.

La sentencia declara “la nulidad parcial del préstamo, en cuanto a los contenidos relativos a la opción multidivisa, subsistiendo los restantes, de tal manera que el préstamo quedará referenciado a euros y al índice EURIBOR más el diferencial pactado, y se condena a la demandada a recalcular el préstamo como si desde su inicio hubiera sido referenciado a euros y al Euribor, con las correspondientes liquidaciones según que las cuotas resultantes hayan sido superiores o inferiores a la suma que hubiera correspondido en euros, debiendo entregar a la parte actora el exceso de las cuotas pagadas por principal e intereses con sus correspondientes intereses legales…” y todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Tras el dictamen pericial aportado, se puede observar que tras la formalización del préstamo por un importe total de 158.000,00 euros (23.905.874 JPY) y tras efectuar las correspondientes amortizaciones durante 9 años, por importe total de 68.991,85 euros, el capital pendiente traducido a euros era todavía de 140.523,00 euros. Tras el recálculo del préstamo, el perjuicio total de los clientes a fecha de elaboración del informe, ascendía a 33.635,00 euros.

El despacho que cuenta con una alta especialización en HMD y que nuevamente ha conseguido este favorable resultado, ha sido “LMN Abogados“, en concreto, D. Carlos Núñez García, especialista en productos financieros complejos.

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