201902.01
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº25 Valencia. Nulidad Cláusula Suelo y Devolución de las Cantidades. Banco Popular, S.A (Sentencia Firme).

El pasado 12 de mayo de 2.017,  se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la CLAUSULA SUELO contra Banco Popular, S.A, desde el Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Valencia, en la que se declaraba la nulidad de la cláusula, la devolución de las cantidades indebidamente cobradas desde la celebración del contrato, así como  las cantidades  percibidas  indebidamente  por el banco  por la inaplicación  de la bonificacion del 0,25% en el diferencial del tipo de interés  y todo ello, con imposición de costas a la parte demandada.

Tras el informe pericial aportado y ratificado en la vista, destaca la sentencia: “El perito  de la actora  en el acto del juicio ha sido contundente respecto a que ha tomado  los mismos  tipos de referencia que  la propia entidad bancaria, quien no puede ir ahora contra sus actos, lo  que es contrario a la buena fe ( art 7 Cc), máxime cuando no existe contrapericial”.

“Por otra parte la demandada sostiene que no cabe la bonificación pretendida de contrario, pues no solo es necesaria la contratación por el cliente de ciertos productos sino la vigencia de la misma y mantenimiento anterior a las revisiones y que ademas se encuentre en saldo positivo en todos los productos contratados entes de un determinado plazo. Y al respecto coincidimos con el perito que se ha aportado documentación acreditativa esencial de que el cliente cumplía con la fidelidad pactada y el banco teniendo la facilidad
probatoria ( art 217 lec ) no ha aportado histórico del cliente, ni saldo negativo alguno que pusiera en evidencia incumplimiento de requisitos pactados”.

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