LOS CONTRATOS FINANCIEROS ATÍPICOS (CFA), son contratos no negociados en mercados secundarios organizados. Por ello, una entidad de crédito recibe dinero o valores de su clientela asumiendo una obligación de reembolso, en función de la evolución en el mercado de uno o varios valores, sin compromiso de reembolso íntegro del principal recibido.
El reembolso consiste bien en la entrega de determinados valores cotizados, bien en el pago de una suma de dinero, o ambas cosas. Cuando se entregan valores, estamos hablando de una Opción PUT, y deben quedar bien claros los riesgos que supone ser vendedor en este tipo de contratos; el beneficio máximo queda limitado a la prima mientras que la pérdida del capital invertido es ilimitada.
Algunos de estos contratos permiten su cancelación anticipada a lo largo de su período de vigencia, previo abono del coste de deshacer la cobertura prevista en el mismo aunque con frecuencia, al no existir esa posibilidad, pueden considerarse productos ilíquidos hasta su vencimiento como los que hemos analizado actualmente.