Primera sentencia en Liria contra la venta de acciones de Bankia.
Un juzgado de Liria condena a Bankia por la venta de acciones, un mes después de admitida la demanda (Descargar noticia).
La jueza obliga a la entidad financiera a devolver a un matrimonio la suma de 6.000 euros más los intereses legales desde la fecha de suscripción de las acciones, en julio de 2011, porque no se atuvo a lo que incluyó en su folleto informativo de salida a Bolsa, con una información que no estaba auditada y no reflejaba “ni de lejos” la imagen económica real de la entidad al tiempo de la contratación. En un día las acciones cayeron a la mitad y miles de clientes perdieron su dinero. El Juzgado de Primera Instancia número 4 de LIRIA ha emitido la primer sentencia favorable a afectados por acciones de Bankia en dicha localidad. El juzgado atiende la demanda planteada por el despacho de abogados: Ortega & García, quien ha manifestado que se ha tenido muy en cuenta para dictar la sentencia, el informe pericial elaborado por Miguel Galvez y Nuria García, y las sentencias de la Audiencia Provincial de Valencia.
La demanda fue admitida el 7 de abril y se ha dictado sentencia en menos de un mes, por lo que desde el despacho que ha llevado el caso se manifiesta que a día de hoy se ganan el 100% de las sentencias por la venta de acciones que vengan acompañadas del informe pericial pertinente, ya que dicho informe viene considerándose como una prueba irrefutable por los juzgados valencianos.