201802.22
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 67 Madrid. HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter, S.A

El pasado 31 de Julio de 2.017, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa.

La sentencia declara “la anulabilidad de la cláusula u opción multidivisa del préstamo hipotecario suscrito con el demandante. Se condena a recalcular el importe pendiente de amortizar a través de un cuadro de amortización en euros referenciado al tipo de interés y diferencial previsto para este supuesto en el contrato, así como a devolver a la prestataria las cantidades que se hubiesen cobrado en exceso en virtud de la aplicación de la cláusula declarada nula, actualizado con los intereses legales correspondientes…”.

Respecto a la caducidad, destaca la sentencia: “Así para poder conocer el error, es preciso el transcurso de varios años desde la suscripción del contrato para que se evidencia por la importante cantidad ya desembolsada en el pago de las cuotas, que no se ha minorado el principal prestado conforme a lo previsible al contratar y que en un futuro es ya evidente el perjuicio final, cuestion que no puede identificarse con la fecha de la primera amortización desfavorable, como sostiene la demandada, y que no se ha establecido hasta el dictamen acompañado con la demanda, donde se liquidan las pérdidas por lo que este motivo debe decaer”.

Tras el dictamen pericial aportado, se puede observar que la formalización del préstamo fue por un importe de 240.000,00 euros (400.266,64 CHF) y tras efectuar las correspondientes amortizaciones durante 12 años, por importe total de 103.300,15 euros, el capital pendiente traducido a euros se había incrementado hasta los 272.590,87 euros. Tras el recálculo del préstamo, el perjuicio total de los clientes a fecha de elaboración del informe, ascendía a 103.897,59 euros.

Aspecto, que resalta SSª en la sentencia “Destacando, como precisa el informe pericial aportado con la demanda (documento 5), que la contratación de este producto había supuesto claros perjuicios al actor, de manera que, en el momento de emitirse el informe, a pesar de haber abonado 103.300,15 euros, debía al Banco más dinero que el recibido (272.590 euros, frente a los 240.000 prestados)”.

El despacho que ha conseguido este favorable resultado ha sido “Lunas y Asociados“, en concreto, Dª. Mª José Lunas Díaz, socia directora del despacho y que cuenta con el 100% de asuntos ganados de HMD. La letrada, actuaba en representación de un asociado de ASUFIN “Asociación de Usuarios Financieros”.

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