201811.16
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 5 Navalcarnero. HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter S.A

El pasado 28 de Marzo de 2.018, se recibió otra sentencia favorable por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa. (Auto aclaratorio).

Tras la prueba practicada, concluye la Sentencia: “en cuanto a la información precontractual, no constan en los autos prueba alguna de la entrega de documentaicón informativa precontractual acerca de las características y riesgos del préstamo, ni que se le expusieran a la actora los posibles escenarios de variación de los tipos de cotización de la divisa”.

Tampoco se ha acreditado que la entidad explicara adecuadamente a la actora los diferentes escenarios posibles que se podrían producir ante el cambio de divisa y como ello repercutiría en sus cuotas para que la demandante pudiera hacerse una idea formada de la carga económica que el préstamo podría suponer para ellos y como podía incidir en su obligación de pago y tener un conocimientos real y razonablemente completo de cómo juega o puede jugar el tipo de cambio en la economía del contrato y en la determinación de las cuotas“.

Tras el dictamen pericial aportado, se puede observar que la formalización del préstamo fue por un importe de 87.000,00 euros (14.060.079 JPY) y tras efectuar las correspondientes amortizaciones durante 8 años, por importe total de 38.688,46 euros, el capital pendiente traducido a euros se había INCREMENTADO hasta los 92.557,89 euros.

El despacho que cuenta con una alta especialización en HMD y que nuevamente ha conseguido este favorable resultado, ha sido “LMN Abogados“, en concreto, D. Carlos Núñez García, especialista en productos financieros complejos.

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