201412.15
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 10 Valencia. Nulidad Participaciones Preferentes tras la VENTA DE LAS ACCIONES OBTENIDAS TRAS EL CANJE. BANKIA.

El pasado 23 de Junio de 2.014, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de instrumentos híbridos de capital, en la que el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Valencia, declaraba la nulidad de los contratos de adquisición de “Participaciones Preferentes Serie B”, por importe total de 33.000 euros y del contrato de adquisición de “Participaciones Preferentes Serie A”, por importe total de 27.000 euros, así como su posterior CANJE POR ACCIONES y la NULIDAD DE LA VENTA DE DICHAS ACCIONES; condenando a la entidad financiera a la devolución del capital invertido (60.000 euros), a los intereses desde la fecha de la suscripción con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y al pago de las costas del juicio.

El despacho que nuevamente ha conseguido este favorable resultado ha sido ARLANDIS ABOGADOS, en concreto, Dña. Mª Dolores Arlandis Almenar, que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos como los COLLAR, Bonos Autocancelables…, sin olvidar las cláusulas suelo de las hipotecas.

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