Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº4 Valencia.Valores Santander y Estructurado Santander Inmobiliario Global. Banco Santander
El pasado 6 de Junio de 2.017, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la adquisición de “Valores Santander“ y el producto estructurado “Santander Inmobiliario Glogal“. El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia, declaraba la nulidad de la Orden de Suscripción de “Valores Santander” por importe total de 70.000 euros, con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y el abono en concepto de indemnización por importe total de 18.751,82 euros del “Producto Estructurado Santander Inmobiliario Global”, que devengará el interés legal desde la interposición de la demanda.
Tal y como se detalla en el dictamen pericial aportado, tras la inversión de 100.000 euros en el “Producto Estructurado Santander Inmobiliario Global”, el cliente efectuó NUEVE CANCELACIONES PARCIALES entre Septiembre de 2.010 y Enero de 2.014, por lo que el Juzgador considera que “la actora no pudo conocer el monto concreto al que se elevarían sus pérdidas, al menos hasta el 31 de Enero de 2.014“.
Cabe resaltar además, que el cliente no tenía un perfil absolutamente conservador, en el dictamen pericial se efectúa un análisis de cada uno de los productos previos que tenía el cliente (fondos de inversión, participaciones preferentes, seguro y producto estructurado), destacando sus características, naturaleza y riesgos. Las inversiones previas efectuadas eran las siguientes:
– Fondos de Inversión: Bancaja Dinero Plus, BBVA Monetario Dinámico II, Santander Estrategia Inflación, Santander Selección Premier Agua 2, Santander Monetario Fondtesoro Renta Fija, Santander Dividendo Europa, Santander Tandem 0 30, Santander Responsabilidad Conservador, Santander Rendimiento Clase A, Santander Select Prudente.
– Producto Estructurado “Deposito Cristal Tarn”.
– Seguro de Inversión Santander Inversión Dólar Eurostoxx 150 “SIDEX”.
– Participaciones preferentes.
Destaca el Juzgador que “el mero hecho de haber invertido en fondos de inversión o acciones (cuyo riesgo es notorio y públicamente conocido) no convertirte a la actora en un experta en todo tipo de productos de inversión. Tampoco el hecho de que el actor asumiera el riesgo que dicha titularidad suponga, implica que debe aceptar un riesgo no informado de un producto financiero, ya que las características de dichos productos, no son las mismas que las de “Valores Santander”, así como su funcionamiento y riesgo”.
El despacho que ha conseguido nuevamente este favorable resultado ha sido Jaime Navarro Abogados, en concreto, D. Jaime Navarro García, especialista en derecho bancario y que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos.