201709.20
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº3 Segovia. HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter S.A

Hoy 20 de Septiembre de 2.017, se ha recibido una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa, en la que se declara “la nulidad parcial del préstamo en divisa, en todo lo relativo al cláusulado multidivisa por vicio en el consentimiento, acordando que quede referenciado únicamente en euros,manteniendo el resto de pronunciamientos que no impliquen cláusulas multidivisa y que, en consecuencia, se declare que la cantidad adeudada por la parte actora es el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros resultante de disminuir al importe prestado (135.380,00 euros) la cantidad amortizada hasta la fecha que recaiga sentencia, también en euros, en concepto de principal e intereses, entendiendo que el préstamo lo fue de 135.380,00 euros y que las amortizaciones deben realizarse también en euros, tomando como tipo de interés, la misma  referencia fijada en al escritura para el euros (Euribor + 0,40 puntos)”. Y todo ello, con expresa imposición de costas.

Destaca la sentencia que los riesgos de la hipoteca multidivisa son superiores a los propios de los préstamo hipotecarios a interés variable solicitados en euros, puesto que se añade el riesgo de fluctuación de la moneda. Ello determina que pese a haber ido abonando las cuotas de amortización periódicas, comprensivas de amortización del capital prestado y de pago de los intereses, puede ocurrir que pasados varios años, el prestatario no sólo tenga que pagar cuotas de mayor importe en euros, sino que además adeuda al prestamista un capital en euros mayor que el que le fue entregado al concertar el préstamo.

En este caso, tras los cálculos elaborados en el dictamen pericial, se puede observar como el capital pendiente en lugar de reducirse se había incrementado hasta los 146.631,61 euros, tras 9 años de efectivas amortizaciones y haber abonado un total de 64.499,67 euros.

El despacho que cuenta con una alta especialización en HMD y que nuevamente ha conseguido este favorable resultado, ha sido “LMN Abogados“, en concreto, D. Carlos Núñez García, especialista en productos financieros complejos.

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