Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº2 Orihuela. Venta de Acciones Obligaciones Subordinadas. BANKIA
Nueva sentencia favorable a los afectados por OBS E.10 de BANCAJA, en la que el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Orihuela, declaraba la nulidad del contrato de adquisición de la “10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas” por importe total de 419.000 euros; así como la nulidad del canje por acciones de BANKIA SA y la posterior venta de estas acciones, condenando a la entidad financiera a la devolución del capital invertido y a los intereses desde la fecha de la suscripción con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes.
Cabe destacar de la Sentencia la aplicación de la nulidad pese a la venta de las acciones recibidas por el Canje en base al artículo 1.307 del Código Civil “el obligado por la declaración de nulidad a la devolución de la cosa, no pudiera devolverla por haberla perdido, deberá restituir los frutos percibidos y el valor que tenía la cosa cuando se perdió, con los intereses desde la fecha”, señalando que la jusriprudencia vienen entendiendo por el término “haberla perdido” incluido en el texto legal citado, su sentido amplio; ‘pérdida culpable, o por caso fortuito, o por haberse transmitido a un tercero adquiriente de buena fe, como sería este caso.’
El despacho que ha conseguido este magnífico resultado ha sido D. Miguel Ángel Colombo que cuenta con una amplia experiencia desde 1987 y en productos financieros complejos como los Productos Híbridos.