Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº8 Valladolid. HIPOTECA MULTIDIVISA (un cambio de divisa JPY-CHF). Bankinter, S.A
El pasado 20 de Diciembre de 2.017, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa.
La sentencia declara “la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por las partes, en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa insertados en dicho contrato,…”. “Se condena a efectuar el consiguiente recalculo de las cuotas como si se hubiera referenciado en euros desde su suscripción y con aplicación de las cantidades ya pagadas por los prestatarios en euros; y a restituir a los actores las cantidades percibidas en exceso por las cuotas devengadas; así como las comisiones cobradas en concepto de comisión de cambio de divisa desde la suscripción del préstamo con sus correspondientes intereses; y finalmente a soportar los gastos que pudieran derivarse del efectivo cumplimiento de la Sentencia, y al pago de las costas procesales”.
Destaca la sentencia: “Siendo evidente que no estamos ante un contrato de préstamo equiparable a un préstamo hipotecario a interés variable “normal y corriente”, ni ante un producto de mecánica sencilla y de fácil comprensión, como se aduce por la entidad, sino ante un producto financiero que entraña complejidad y un elevado riesgo para el cliente que lo contrata…”.
“Como se indica por la perito de la parte actora en el informe aportado, ratificado en el acto de la Vista, que incluso ya en aquel momento era poco recomendable, de acuerdo con las previsiones que se manejaban y de las que tenía perfecto conocimiento los bancos…”.
Tras el dictamen pericial aportado, se puede observar que la formalización del préstamo fue por un importe de 182.998,57 euros (30.520.740 JPY) y tras efectuar las correspondientes amortizaciones durante más de 9 años, por importe total de 87.766,92 euros, el capital pendiente traducido a euros se había incrementado hasta los 211.680,00 euros. Tras el recálculo del préstamo, el perjuicio total de los clientes a fecha de elaboración del informe, ascendía a 92.995,00 euros.
El letrado que ha conseguido este favorable resultado ha sido D. Bernardo Luís García Angulo. El letrado actuaba en representación de un asociado de ASUFIN “Asociación de Usuarios Financieros”.