Sentencia Sección 7ª Audiencia Provincial de Valencia. Nulidad ACCIONES BANKIA
El pasado 19 de Octubre de 2.015, se recibió una nueva Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia favorable a los afectados por la COMPRA DE ACCIONES EN LA OPS DE BANKIA. El despacho que ha conseguido este magnífico resultado ha sido, nuevamente,ORTEGA Y GARCIA ABOGADOS, bajo la dirección letrada de D. Juán José Ortega García
Se trataba de un recurso interpuesto por la entidad contra la Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Valencia en fecha 2 de Abril de 2.015, en la que se estimaba la nulidad del Contrato de adquisición de Acciones de BANKIA, por importe total de 4.998,75 euros
La Sentencia del Juzgado nº 5 de Valencia, declaraba la nulidad del contrato de adquisición de acciones; condenando a la entidad financiera a la devolución del capital invertido (4.998,75 euros), a los intereses legales desde la fecha de la suscripción con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y con condena en costas a la parte demandada.
Hay que destacar que la Sala comparte plenamente la valoración practicada, “con fundamento en el resultado de la prueba pericial obrante en Autos, la cual no ha sido contradicha por ninguna otra llevaba a cabo por la recurrente, y de la que se deduce, que la información de las cuentas afectaba directamente y más que nunca a las decisiones de los inversores, pues el folleto era la única herramienta para decidir sobre la inversión y su resultado era de beneficios“.
Por todo ello, la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Valencia desestima el recurso de Apelación formulado por Bankia, confirmando íntegramente la sentencia de primera instancia, todo ello con imposición de costas a la parte apelante.