201707.28
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TRIBUNAL SUPREMO. SWAP Banesto, S.A (Confirma Sentencia JPI nº 2 Valencia)

El Tribunal Supremo confirma la Sentencias del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Valencia y REVOCA la Sentencia de la Audiencia Provincial Sección 9ª para terminar anulando DOS Contratos de SWAP por incumplimiento de BANESTO de sus deberes de Información con el Cliente.

El despacho que ha conseguido este magnífico resultado tras el Recurso de Casación efectuado ha sido RAFAEL BAENA ABOGADO bajo la dirección Letrada de D. Rafael Baena Vivar, que cuenta con un porcentaje de éxito en este tipo de procedimientos del 100%.

La Sentencia destaca que el deber que pesaba sobre la entidad financiera no se limitaba a cerciorarse que el cliente conocía bien el producto sino que además debía haber evaluado que según las necesidades de su cliente era lo que más le convenía. Estas obligaciones no nacieron con la inclusión en nuestro ordenamiento de la MiFID, pues sólo vino a acentuar unas obligaciones que ya existían con anterioridad, refiriéndose en concreto al artículo 5 del RD 629/1993.

Dice la Sentencia en contra de lo apuntado por la Audiencia: ‘Han de ser destacados los siguientes datos de singular importancia: a) En el enunciado del documento se dice lo siguiente: «Protéjase de las posibles subidas de tipos de interés a tipos inferiores a los de mercado»; b) Al final de la misma página, con tipo de letra muy inferior y casi ilegible, se dice «importante» y se refiere a los perjuicios derivados de la cancelación anticipada de la operación; y c) Cuando se formulan ejemplos de liquidación (pág. 3) se plantean dos, pero en ambos casos con una liquidación positiva para el cliente sin incluir algún caso en que la liquidación pudiera resultar negativa.

De ello se deduce que tal información no cumple con los requisitos de claridad, precisión y corrección que exigía la normativa aplicable, por lo que era susceptible de dar lugar a error por parte del cliente, lo que -como se ha afirmado- deriva la carga probatoria a la entidad bancaria para demostrar que, pese a dicha información defectuosa, existen datos suficientes para entender que no existió tal error; carga que no ha sido cumplida.’

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