201801.22
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº73 Madrid. HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter, S.A

El pasado 4 de Julio de 2.017, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa. La sentencia declara “la nulidad parcial del contrato de préstamo en todos los contenidos referentes a la acción multidivisa, declarando la subsistencia del contrato como si el mismo hubiese sido otorgado en euros. Se condena a recalcular el cuadro de amortización con la cantidad prestada en euros y aplicando el tipo de interés pactado en escritura más el diferencial estipulado, teniendo en cuenta los pagos realizados por la actora hasta la fecha que se dicte sentencia, y en la parte que excedan las cuotas comprensivas de capital e intereses que correspondería con arreglo al nuevo cuadro de amortización, más intereses legales que correspondan, dichos importes se apliquen a reducir el importe pendiente de amortización del préstamo”, y todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

En el dictamen pericial aportado, se puede observar que tras los 3 cambios de divisa realizados (CHF- €- GBP) y efectuar las correspondientes amortizaciones durante 10 años, por importe total de 70.120,00 euros, el capital pendiente traducido a euros se había reducido únicamente en 7.000,00 euros. Tras el recálculo del préstamo, el perjuicio total de los clientes ascendía a 44.052,66 euros.

El despacho que ha conseguido este favorable resultado ha sido “Lunas y Asociados“, en concreto, Dª. Mª José Lunas Díaz, socia directora del despacho y que cuenta con el 100% de asuntos ganados de HMD. La letrada, actuaba en representación de un asociado de ASUFIN “Asociación de Usuarios Financieros”.

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