201804.10
0
0

Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº3 Catarroja. SWAP (SOCIEDAD ANÓNIMA). Banco Popular, S.A

El 21 de Marzo de 2.018, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Catarroja, sobre un SWAP suscrito por una mercantil con el BANCO POPULAR ESPAÑOL.

La primera cuestión que resuelve su SSª es la posibilidad de caducidad de la acción ejercitada, sobre nulidad del Contrato. La Sentencia se apoya en otras de la Audiencia Provincial de Valencia, para diferenciar entre consumación y perfección del Contrato, y entiende que NO hay caducidad por no haber trascurrido más de 4 años desde la consumación, según el artículo 1301 CC.

La Sentencia señala que el trabajador de la entidad ofreció el SWAP como si fuera un seguro sin informar de sus costes de cancelación. Se crea de esta forma una representación equivocada del producto en el Cliente que piensa que contrata una especie de seguro o protección cuando en realidad es un producto especulativo. Lo que da lugar a la estimación de la demanda.

El despacho que ha conseguido este magnífico resultado ha sido PASCUAL & ARRIBAS, concretamente Dña. Carmen Esteve Arce, que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos (clausulas suelo, irph, swaps, bonos del popular, productos estructurados…), además de contar con un porcentaje de éxito del 100%.


Dejar un comentario

Su email no será publico. Campos requeridos *