201706.14
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Audiencia Provincial Sección 9ª VALENCIA. SWAP CONSUMIDOR

El pasado 10 de Marzo de 2.017, se recibió la estimación del recurso de apelación interpuesto por el clientecontra la sentencia de fecha 22 de Diciembre de 2.015, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Valencia.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, revoca la Sentencia de Primera Instancia, declarando la nulidad del contrato de PERMUTA FINANCIERA DE TIPOS DE INTERÉS, firmado el 2 de Octubre de 2.008, con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes, junto son sus intereses legales y con imposición de costas de la instancia a la parte demandada.

Destaca la sentencia que:

El hecho de haber pagado liquidaciones negativas no constituye actos de confirmación del contrato viciado, en la medida que se efectúan antes de tener conciencia del error; como tampoco lo es que no haya reclamado previamente, pues la ley no exige, para solicitar la anulabilidad del contrato, que haya reclamaciones previas.

La entidad demandada fue quien ofreció el producto al cliente, lo que supone claramente un servicio de asesoramiento, sin que sea necesario para entenderlo así, que llegara a formalizarse un contrato de asesoramiento entre las partes.

- No se efectuó un test de idoneidad, que era lo preceptivo en este caso; y el test de conveniencia que se efectuó era incompleto y poco creible que obedeciera a respuestas reales de los clientes.

- Los clientes no tienen conocimientos financieros.

- El hecho de que la única documentación que consta entregada para informar al cliente es el propio contrato de swap, por lo que no cabe duda que se trata de una información insuficiente.

El despacho que ha conseguido nuevamente este favorable resultado ha sido ARLANDIS ABOGADOS, en concreto, Dña. Mª Dolores Arlandis Almenar, que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos como los COLLAR, Bonos Autocancelables…, sin olvidar las cláusulas suelo de las hipotecas.

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