201710.11
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº68 Madrid. HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter, S.A.

Con fecha 13 de Julio de 2.017, se ha recibido una nueva sentencia favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa, en la que se declara “nula cualquier expresión, derecho u obligación que en dicha escritura, de fecha 29 de noviembre de 2007, se haga a la moneda o divisa extranjera, debiendo figurar en su lugar la referencia a la moneda “euro”, y derivada de dicha nulidad deben hacerse los pertinentes ajustes…”.

A fecha de elaboración del informe pericial aportado junto con la demanda, se puede observar cómo tras casi nueve años de realizar las correspondientes amortizaciones del préstamo y haber abonado un total de 127.188,98 euros, el capital pendiente traducido a euros se había incrementado en 18.893,18 euros. De haber tenido un préstamo tradicional en euros, el esfuerzo de las cuotas mensuales habría sido inferior, concretamente de 25.528,78 euros. Por tanto, el perjuicio total ocasionado tras el recálculo, ascendía a 118.823,44 euros.

El despacho que ha conseguido este favorable resultado ha sido “Lunas y Asociados“, en concreto, Dª. Mª José Lunas Díaz, socia directora del despacho y que cuenta con el 100% de asuntos ganados de HMD. La letrada, actuaba en representación de un asociado de ASUFIN “Asociación de Usuarios Financieros”.

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