Sentencia Audiencia Provincial Madrid “Sección Vigesimoprimera” HIPOTECA MULTIDIVISA. Bankinter, S.A
El pasado 12 de Diciembre de 2.017, se recibió la confirmación por la Audiencia Provincial de Madrid Sección 21ª de la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Alcorcón favorable a los afectados por la suscripción de una Hipoteca Multidivisa.
Entre otros aspectos, destaca la sentencia: “Que la normativa MiFID no sea aplicable a estos préstamos hipotecarios denominados en divisas no obsta a que el préstamo hipotecario en divisas sea considerado un producto complejo a efectos del control de transparencia derivado de la aplicación de la Directiva sobre cláusulas abusivas, por la dificultad que para el consumidor medio tiene la comprensión de algunos de sus riesgos“.
Referente a la información facilitada: “Y trasladada la citada doctrina a nuestro caso de autos, resulta evidente que no existió esa informacion precontractual necesaria para que los prestatarios conocieran adecuadamente la naturaleza y riesgos vinculados a las cláusulas relativas a la divisa en que estaba denominado el préstamo, puesto que no se les entregó ninguna información por escrito con anterioridad a la suscripción del préstamo”.
Respecto a las advertencias del notario: “Cuando se ha facilitado una información precontractual adecuada, la intervención notarial sirve para complementar la información recibida por el consumidor sobre la existencia y trascendencia de la cláusula, pero no puede por sí sola sustituir la necesaria información precontractual…”.
Tras el informe pericial aportado se destaca: “Y en nuestro caso de autos, igualmente, la materialización de este riesgo ha determinado que pese a que los prestatarios han pagado durante más de diez años las cuotas de amortización mensuales, al haberse devaluado considerablemente el euro frente al franco suizo, inicialmente, y posteriormente frente al yen japonés- se cambia la divisa en abril de 2008-, los prestatarios adeudan al prestamista un capital que se encuentra cercano al que les fue entregado al concertar el préstamo”.
El despacho que nuevamente ha conseguido este favorable resultado ha sido “De Vega Ruiz & Asociados“, en concreto, D. Pablo Puente Zomeño, que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos.