201511.10
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Sentencia Juzgado de Primera Instancia nº 2 Valencia. Valores Santander y Estructurado Tridente BANIF (Comunidad de Bienes)

El pasado 25 de Julio de 2.015, se recibió una nueva sentencia favorable a los afectados por la adquisición de “Valores Santander” y un “Estructurado Tridente“, emitido por Santander Emisora 150, S.A.U y Banco Santander S.A.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valencia, declara:

– La nulidad de las órdenes de compra de “Valores Santander” de 4 de Octubre de 2.007 y de 30 de Julio de 2.008, por importe total de 577.425,32 euros por la existencia de error esencial relevante y excusable en el consentimiento y

– La resolución de los contratos del “Producto Estructurado Tridente” de fecha 21 de Mayo de 2.008 y 29 de Enero de 2.009, por importe total de 300.000 euros, por el incumplimiento del deber legal de información por la entidad demanda.Con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y con imposición de costas a las parte demandada.

A pesar de las testificales de los empleados de Banca Privada de Banco Santander, el juzgador considera lo siguiente:

– “A la vista de lo expuesto en dichos informes, se trataba de un producto complejo y de alto riesgo.”

– “Volviendo a la declaración de dicho testigo, relató que explicó al cliente que los valores se iban a convertir en acciones, tratándose de una manera distinta de invertir en acciones; que si salía mal podía aguantar las acciones, percibiendo un cupón siempre sobre el nominal invertido; y que a los cinco años tenía que comprar las acciones. ¿Quiere ello decir que se expuso debidamente el riesgo inherente a la operación? ¿Quiere ello decir que el cliente sabía que podría llegar a tener que adquirir acciones a un precio muy superior a su cotización oficial en el momento de la compra, lo cual conllevaba una pérdida importante de su inversión inicial? A mi juicio no, pues no consta que tal información se proporcionara de manera debida y suficiente al cliente con carácter previo a la formalización de la operación”.

El despacho que ha conseguido  este favorable resultado ha sido Jaime Navarro Abogados, en concreto, D. Jaime Navarro García, especialista en derecho bancario y que cuenta con una amplia experiencia en productos financieros complejos como los Instrumentos híbridos de capital …etc, sin olvidar las Cláusulas Suelo.

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